Taller Nº3

 En este nuevo taller, presentaremos un caso el cual posteriormente se analizará y debatirá.

1- Cada grupo trabajará sobre un caso de la Bioética clínica o social. (Creado u obtenido de la realidad) .

Caso real: “Justicia absuelve a médico y tecnólogo médico acusados de tráfico de sangre del hospital del Salvador”.

“La noticia del año 2012, comenta sobre cómo la Corte Suprema ratificó la absolución de un médico y un tecnólogo médico por el supuesto tráfico de sangre y delitos contra la salud pública, entre el 2002 y 2005, desde el hospital del Salvador. Esto luego de que 13 personas fueran infectadas con el virus de la hepatitis B.

Se ratificó que no existen evidencias que permitan demostrar que la contaminación con el virus se produjo en la consulta privada del Dr. Quintana Bustos, en la clínica Tabancura, lugar donde el tecnólogo Manosalva Castillo llevaba hemoderivados del banco de sangre del Hospital del Salvador.

El caso quedó al descubierto luego de que un neurólogo presentara un reclamo ante el Ministerio de salud por la contaminación con hepatitis B de su hijo en la consulta del Dr. Quintana.”

https://www.elmostrador.cl/ahora/2012/01/23/justicia-absuelve-a-medico-y-tecnologo-acusados-de-trafico-de-sangre-del-hospital-del-salvador/

En este caso, estamos presente ante un caso de bioética clínica.

2- Deberá optar por algunos de los temas que generan conflictos éticos en la Tecnología Médica

Se generan conflicto bioético como el contrabando y pérdida de confidencialidad entre médico paciente, los cuales generarán una desconfianza en la relación médico-paciente..

Se constituye un peligro para la comunidad, el artículo sexto del código de ética de la profesión índica que “El Tecnólogo Médico debe tener presente que el principio fundamental de la profesión es el respeto a la vida humana, a la salud y a la persona”. El artículo décimo quinto especifica que “el Tecnólogo Médico debe abstenerse por completo de participar en actos que atenten contra la dignidad de los pacientes(...)”; o el artículo décimo octavo dice que “el Tecnólogo Médico debe rehusarse a prestar sus servicios cuando le sean propuestos actos que atenten contra el honor y dignidad profesional(...)”. Aun cuando el fallo de la corte asegura que no es posible imputar por negligencia si no se ha logrado comprobar el origen del brote infeccioso, y no se sobrepasa la barrera de la hipótesis, se evidencia claramente la falta al código de ética, el tecnólogo médico faltó a la dignidad del paciente y familia, al exponerlos a la enfermedad que pudo ser evitable, y se demuestra su falta a la dignidad profesional involucrándose en tráfico de sangre. Estos son algunos conflictos éticos que se generaron por la mala práctica de dicho tecnólogo.

3- Reflexión sobre Principios Vulnerados y valores en conflicto.

Como reflexión podemos destacar que el principio de no maleficencia fue altamente vulnerado, el Dr. y el tecnólogo médico no fueron capaces de proteger contra daños evitables a sus pacientes en el ejercicio de su profesión. Las personas no sabían que atenderse con el Dr. iba a ser perjudicial para su salud y autonomía ya que terminaron infectados con hepatitis B, no estaban conscientes que fueron involucradas en tráfico de sangre que los “profesionales” llevaban a cabo. Entra también en conflicto el principio de beneficencia, la búsqueda del bien común, de lograr los máximos beneficios y de minimizar los daños e injusticias fueron reemplazados por el bien personal, de obtener beneficios y proteger intereses propios por sobre el bienestar de las personas, perjudicando la dignidad y salud de los pacientes. 

Las personas asumimos, conscientes, una serie de obligaciones y respondemos ante las consecuencias que derivan de aquello. Es por esto que en este caso los valores de las personas se vieron afectados, debido que no se les informó sobre el destino de sus muestras, sino que los profesionales tratantes priorizaron sus propios intereses.


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